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Foto del escritorGabriel Ortiz

Desde el Congreso Nacional se “amenaza” nuevamente la libertad de expresión en Honduras

Dentro del decreto 93-202, el Congreso Nacional anterior dejó sin valor y efecto el artículo 28 del Código Penal, referente a la penalización de medios de comunicación y periodistas. Hoy se pretende “revivir”.


Varias bancadas opositoras se negaron a discutir el dictamen de la derogación, por tanto, se convocó a los congresistas para este martes 16 de mayo 2023. (Foto: Congreso Nacional)

El presidente del Congreso Nacional (CN), Luis Redondo, convocó a sesión la noche del pasado jueves 11 de mayo de 2023 a las diferentes bancadas para discutir la derogación del decreto 57-2020, 93-2021 y 116-2019 con los “que se ha hecho corrupción y lavado de activos en Honduras”, según dio a conocer el parlamentario.


El titular del CN justificó las modificaciones que se pretenden realizar en que “más de 400 criminales corruptos, narcos y lavadores de activos han quedado en libertad y garantizando impunidad con los decretos 57-2020, 93-2021 y 116-2019”.


Sin embargo, ante la iniciativa del Legislativo, varias bancadas opositoras se negaron a discutir el dictamen de la derogación, por tanto, se convocó a los congresistas para este martes 16 de mayo 2023.


Los diputados oficialistas pretendían aprobar la derogación de un paquete de decretos y varios artículos del actual Código Penal a altas horas de la noche del jueves y la madrugada del viernes, pero la oposición señaló, entre varios puntos, que se podría revivir un artículo que penaliza la labor de los periodistas y medios de comunicación.


Tras no llegar a un acuerdo y más de ocho horas de debate (la sesión fue convocada a las 4:00 de la tarde, pero nunca arrancó por los desacuerdos entre las fuerzas), la bancada del Partido Nacional se retiró del hemiciclo legislativo.


Congresistas de otras bancadas se sumaron a la acción, por lo que se rompió quórum, quedando convocados a sesión para este martes.


Amenaza a la libertad de expresión


Desde la oposición, principalmente el PN, aseguran que se pretende revivir un artículo que vendría a criminalizar la libertad de expresión. (Foto: Leonel Estrada)

Respecto a las modificaciones, el diputado nacionalista, Tomás Zambrano, expresó que la derogación de algunos decretos “no pueden ser disfrazados con otros temas para abusar y establecer la dictadura de los Zelaya” ya que con la eliminación del 93-2021 “se le daría vida al Artículo 28 sobre delitos que responsabilizan a medios de comunicación”.


“Hoy vuelven a amenazar a los medios de comunicación con lo que quieren aprobar el martes, ahí tienen ustedes las propuestas que nos entregaron a la una de la mañana, va orientada a derogar en su totalidad el decreto 93-2021 que contienen una amplia reforma y derogación a varios artículos del código penal nuevo”, comentó.


“Asústense medios de comunicación, periodistas, dueños de medios y pueblo hondureño, nosotros en el 2021 por presión o solicitud de periodistas, comunicadores y medios de comunicación, se derogó un artículo que nunca entro en vigencia que era el número 28, que estable la responsabilidad penal en delitos cometidos a través de medios de comunicación”, expresó.


“En la que se determinaba que la responsabilidad va desde quien redactó el texto, quien produjo la información, los directores de la empresa editora; todo el personal de medios de comunicación tenía responsabilidad penal, eso se eliminó en el decreto 93-2021”, añadió.


“Con la derogación que tiene propuesta Luis Redondo, los ilegales y libre, vuelve a darle vida a este articulo 28 y con eso significa que ustedes como periodistas, dueño de medios y medios de comunicación van a quedar expuestos ante esta dictadura de la familia Zelaya para tenerlos amenazados”, apuntó.


No se pretende penalizar la libertad de expresión


Mientras que, el diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Netzer Mejía, rechazó que con la derogación del decreto 93-2021 se pretenda penalizar la libertad de expresión como algunos interpretan.


“Es totalmente falso lo establecido por el jefe de bancada del Partido Nacional que pretendemos penalizar los delitos por difamación y lo que corresponde a la libertad de expresión”, respondió Mejía, tras la denuncia pública realizada por la bancada del Partido Nacional.


El congresista oficialista aseguró que Libre es defensor de la libertad de expresión.

Aceptó que en la última sesión legislativa se determinó seguir socializando la ley para que no se cometiera “un error involuntario” y se revisaran los artículos que se estarían derogando.


Señaló que se pretende derogar el decreto 93-2021 y otros para crear un ambiente para que se dé la instalación del mecanismo internacional anticorrupción (CICIH).


El decreto 93-2021

Los diputados oficialistas pretendían aprobar la derogación de un paquete de decretos y varios artículos del actual Código Penal a altas horas de la noche del jueves y la madrugada del viernes.

En el documento que contiene la iniciativa (28 páginas), se contempla la derogación de los decretos 93-2021 (muy cuestionado por reformar la Ley contra el Lavado de Activos y que favoreció a varios procesos por este delito) y el 57-2020 (referente al secuestro de documentos).


No obstante, dentro del decreto 93-2021 el Congreso Nacional anterior dejó sin valor y efecto el artículo 28 del Código Penal, referente a la penalización de medios de comunicación y periodistas.


Citando lo que rezaba el Código Penal hondureño en su artículo 28 (derogado): RESPONSABILIDAD PENAL EN DELITOS COMETIDOS A TRAVÉS DE MEDIOS DE DIFUSIÓN. En los delitos que se cometen utilizando medios o soportes de difusión no responden criminalmente los cómplices. Los que sean autores sólo responden, en estos casos, de forma escalonada, excluyente y subsidiaria, de acuerdo con el orden siguiente: a) Quienes hayan redactado el texto o producido el signo de que se trate y quienes les hayan inducido a realizarlo; b) Los directores de la publicación o programa en que se difunda; c) Los directores de la empresa editora, emisora o difusora; y. d) Los directores de la empresa de grabación, reproducción o impresión. Cuando por cualquier motivo distinto de la extinción de la responsabilidad penal, incluso la declaración de rebeldía o la residencia fuera de Honduras, no puede perseguirse a ninguna de las personas comprendidas en alguno de los literales del párrafo anterior, debe dirigirse el procedimiento contra las mencionadas en el literal inmediatamente posterior.

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